Para efectos de la condonación de la obligación crediticia, el (la) beneficiario (a) deberá tramitar ante el DASCD, la solicitud escrita, debidamente motivada de condonación del crédito educativo, para lo cual contará con seis (6) meses, a partir de la fecha de haber obtenido el diploma o acta de grado del título, soportada en los siguientes documentos:
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Constancia expedida por la Institución de Educación Superior en la que se especifique el tiempo de duración del Programa Académico, así como la fecha de iniciación y terminación satisfactoria de los estudios.
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Copia del diploma o acta de grado del título obtenido.
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Certificación de prestación de tiempo de servicio como funcionario del D.C. por el tiempo de duración de los estudios financiados, expedida por la entidad competente.
Plazo de la entrega de los documentos
PARÁGRAFO: El (la) beneficiario (a) deberá obtener el diploma y acta de grado del título dentro del año siguiente a la terminación del Programa Académico. De requerir más tiempo para el cumplimiento de este requisito, deberá presentar ante el DASCD por escrito, justificación al respecto, para que la Junta Administradora del Fondo, estudie la viabilidad de prorrogar el tiempo, para lo cual la Junta del FRADEC, autorizará hasta dos (2) prórrogas, cada una hasta por seis meses.
Lugar de entrega de los documentos
SERVICIO CIVIL DISTRITAL CRA 30 25-90 PISO 9